El Gobierno ha decidido prorrogar las deducciones fiscales para la compra de coches eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Esta medida, incluida en el Real Decreto-ley 3/2025, amplía los beneficios que ya se aplicaban durante 2024.
El objetivo de esta prórroga es seguir fomentando la movilidad sostenible, permitiendo que quienes adquieran un vehículo eléctrico o instalen un punto de recarga en su vivienda puedan reducir su factura fiscal.
Si estás pensando en cambiar de coche o adaptar tu vivienda, te interesa conocer cómo desgrava la compra de un coche eléctrico en la renta. A continuación, en este artículo de MG Economistes, te lo explicamos todo de forma clara y directa.
Las deducciones que puedes aplicar en 2025
Compra de vehículo eléctrico
Durante todo el año 2025 podrás aplicar una deducción del 15% sobre el valor de adquisición de un coche eléctrico nuevo. El límite máximo de esta deducción es de 20.000 euros.
Esta ventaja fiscal se aplica tanto a vehículos eléctricos enchufables como a los de pila de combustible, siempre que cumplan con las condiciones técnicas del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía).
La deducción puede aplicarse si el vehículo se matricula antes del 31 de diciembre de 2025. También se admite si se ha entregado al menos un 25% del importe a cuenta a partir del 28 de junio de 2023 y se finaliza la compra en los dos ejercicios fiscales siguientes.
Instalación de puntos de recarga
También se prorroga la deducción del 15% sobre el importe destinado a instalar un punto de recarga en un inmueble de tu propiedad. El límite anual de esta deducción es de 4.000 euros.
Para beneficiarte, la instalación debe realizarse antes del 31 de diciembre de 2025 y estar abonada mediante métodos de pago que permitan su trazabilidad (transferencia bancaria, tarjeta, etc.). Los pagos en efectivo quedan excluidos.
Este beneficio fiscal no es aplicable si el inmueble está destinado a una actividad económica. Solo se aplica a viviendas particulares.
Fechas de aplicación de esta prórroga
El Real Decreto-ley 3/2025 fue aprobado el 1 de abril de 2025, y entró en vigor al día siguiente, el 2 de abril. Sin embargo, tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025.
Esto significa que si compraste un coche eléctrico o instalaste un punto de recarga desde enero de este año, podrás aplicar la deducción sin problema en tu próxima declaración de la Renta.
Esta retroactividad elimina cualquier vacío legal y ofrece seguridad jurídica para los contribuyentes que ya han hecho estas inversiones.
Documentación necesaria para aplicar la deducción
Tanto para la compra del vehículo como para la instalación del punto de recarga, es importante contar con la documentación adecuada. Hacienda exige justificantes con trazabilidad comprobada.
Entre los documentos que debes conservar están la factura de compra, el justificante del pago bancario, la ficha técnica del vehículo y la documentación de la instalación. También puede ser útil conservar cualquier comunicación con el proveedor.
En MG Economistes te ayudamos a revisar estos documentos y asegurar que todo está en regla para evitar futuras complicaciones con la Agencia Tributaria.
¿Qué pasa si compro el coche este año pero lo matriculo más tarde?
La deducción sigue siendo posible si entregas al menos un 25% del importe del coche a cuenta desde el 28 de junio de 2023 y finalizas la compra en los dos siguientes ejercicios fiscales.
Esto te da un margen adicional si decides hacer el pedido en 2025, pero por motivos de entrega o financiación no puedes matricularlo hasta 2026. Siempre que se cumpla este requisito, podrás beneficiarte de la deducción.
Este aspecto es especialmente relevante en un contexto de alta demanda y tiempos de espera prolongados por parte de los fabricantes.
Ventajas fiscales también para vehículos híbridos enchufables
Aunque el mayor beneficio fiscal se centra en los eléctricos puros, los híbridos enchufables también pueden disfrutar de ventajas si cumplen los requisitos técnicos.
El IDAE establece unos valores mínimos de autonomía eléctrica para que los híbridos puedan beneficiarse del programa. Si se cumplen, pueden acceder a la deducción del 15%.
En este caso, es recomendable revisar bien las especificaciones del vehículo antes de la compra.
Beneficios fiscales en instalaciones en zonas comunes
Si la instalación se hace en zonas comunes, como el garaje de una comunidad, la deducción puede aplicarse a cada contribuyente en la parte proporcional del gasto.
Eso sí, es necesario que la parte correspondiente esté pagada por el contribuyente mediante medios bancarios y que exista una certificación clara del reparto de los costes.
En estos casos, es clave contar con un buen asesoramiento para justificar correctamente la deducción en la declaración del IRPF.
Aplicación conjunta de beneficios fiscales disponibles
Puedes aplicar tanto la deducción por la compra del coche como la correspondiente a la instalación del punto de recarga, siempre que cumplas con los requisitos establecidos para cada una.
No existe incompatibilidad entre ambas medidas, así que es una oportunidad doble para reducir tu cuota del IRPF en la próxima campaña de la renta.
Una asesoría experta puede estudiar tu caso y guiarte para aprovechar al máximo los beneficios fiscales disponibles.
Tu equipo fiscal para optimizar deducciones del IRPF
En MG Economistes contamos con un equipo especializado en fiscalidad que te acompaña en todo el proceso para aplicar correctamente las deducciones en el IRPF a vehículos eléctricos.
Te ayudamos a recopilar la documentación, verificar los requisitos del programa MOVES y justificar ante Hacienda cada gasto e inversión realizada.
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Preguntas frecuentes acerca de las deducciones en el IRPF a vehículos eléctricos
¿Cuál es el límite máximo de deducción por la compra de un coche eléctrico?
Hasta el 15% del valor de adquisición, con un máximo de 20.000 euros por vehículo.
¿Puedo aplicar la deducción si pago el coche a plazos?
Sí, siempre que realices al menos un pago del 25% desde el 28 de junio de 2023 y completes la compra dentro de los dos ejercicios fiscales siguientes.
¿Qué medios de pago acepta Hacienda para la instalación del punto de recarga?
Transferencia, tarjeta, domiciliación bancaria o cualquier medio que permita trazabilidad. El efectivo no está permitido.
¿La deducción se aplica también a vehículos de segunda mano?
No. Solo aplica a vehículos nuevos que cumplan con los requisitos del programa MOVES.
¿La deducción sirve para coches híbridos no enchufables?
No. Solo aplica a eléctricos puros, de pila de combustible o híbridos enchufables que cumplan los requisitos técnicos.
¿Puedo aplicar la deducción si uso el coche para mi trabajo?
Si el coche está destinado a una actividad económica, no se aplica esta deducción en el IRPF. Se debería tratar desde otro enfoque fiscal.
¿Cuándo vence esta prórroga de deducciones?
El 31 de diciembre de 2025. Después de esa fecha, salvo nueva prórroga, no podrá aplicarse este beneficio.