ITP en Alicante: Pasos para el Modelo 600

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo  muy importante para tener en cuenta al adquirir una vivienda de segunda mano en España. En el caso de Alicante, este impuesto tiene particularidades que debes conocer para aprovechar al máximo las bonificaciones disponibles y evitar errores en su liquidación. 

En este artículo de MG Economistes, te explicaremos paso a paso cómo cumplimentar el Modelo 600 y cómo gestionar este impuesto de manera eficiente.

¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El ITP grava las transmisiones patrimoniales onerosas, es decir, la compra de bienes inmuebles de segunda mano, así como ciertos derechos reales, arrendamientos, préstamos y otras operaciones.

En el caso de viviendas, este tributo se aplica cuando la operación no está sujeta a IVA, como sucede con las viviendas nuevas. En Alicante, el ITP se regula por los criterios de la Generalitat Valenciana, que establece tipos impositivos generales, reducidos y excepciones.

¿Cómo se calcula el ITP? Tabla actualizada

Calcular el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Alicante es más sencillo de lo que parece si sabes qué variables entran en juego. 

Este impuesto se aplica al valor real del bien transmitido —generalmente una vivienda—, y el tipo impositivo depende tanto del uso del inmueble como del perfil del comprador. 

A continuación, te mostramos una tabla orientativa con los tipos aplicables en la Comunidad Valenciana (vigentes en 2025), para que puedas estimar de forma rápida cuánto podrías tener que pagar.

Tipo de adquisición Tipo impositivo general Tipo reducido (si aplica) Condiciones del tipo reducido
Vivienda habitual (mayores de 35 años) 10%
Vivienda habitual (menores de 35 años) 10% 8% Ingreso anual inferior a 30 000 €, vivienda ≤ 180 000 €, residencia habitual.
Vivienda habitual adquirida por personas con discapacidad 10% 4% ≥ 65 % de discapacidad.
Vivienda habitual para familia numerosa 10% 4% Vivienda ≤ 180 000 €, uso habitual, primera adquisición.
Segunda residencia o inmueble para inversión 10%
Garajes anexos a la vivienda (hasta 2 plazas) 10% Siempre que se adquieran junto con la vivienda.

Ejemplo práctico: si compras una vivienda habitual en Alicante por 150.000 € y tienes menos de 35 años, podrías beneficiarte del tipo reducido del 8%. El ITP sería: 150.000 € × 8% = 12.000 €.

Tipos de ITP en la Comunidad Valenciana para 2025

En Alicante, los tipos aplicables al ITP son:

Tipo general:

    • 10% para la mayoría de las transmisiones de bienes inmuebles.
    • 11% para inmuebles cuyo valor supere 1.000.000 €.

Tipos reducidos:

 

    • 6% para viviendas de protección oficial (VPO) cuyo valor no exceda los 180.000 €. Si supera este valor, el tipo será del 8%.
    • 6% para jóvenes menores de 35 años que compren su primera vivienda habitual, siempre que se respeten los límites de ingresos establecidos (25.000 € en tributación individual y 40.000 € en conjunta).
    • 3% para familias numerosas, familias monoparentales, discapacitados y víctimas de violencia de género, siempre que se cumplan las condiciones de ingresos y el uso de la vivienda como residencia usual.

¿Dónde se paga el ITP en Alicante?

En la Comunidad Valenciana, incluyendo Alicante, la gestión y recaudación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) está delegada a la Generalitat Valenciana. 

Por tanto, la autoliquidación del Modelo 600 debe presentarse en las oficinas liquidadoras de la Generalitat.

Pasos para cumplimentar el Modelo 600 en Alicante

El Modelo 600 es el documento necesario para liquidar el ITP. Sigue estos pasos para completarlo correctamente:

1. Descargar el Modelo 600

Accede al formulario desde la página web de la Agencia Tributaria Valenciana. Este formulario permite la autoliquidación del impuesto.

2. Calcular el ITP correspondiente

Aplica el porcentaje correspondiente al valor real del inmueble, considerando las bonificaciones o tipos reducidos si cumples con los requisitos.

3. Preparar la documentación necesaria

    • Escritura de compraventa.
    • DNI del comprador y del vendedor.
    • Certificado de empadronamiento (si aplica para beneficios fiscales).
    • Documentación adicional según bonificaciones (certificados de familia numerosa, discapacidad, etc.).

4. Presentar el Modelo 600

El formulario puede presentarse presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria Valenciana o de forma telemática, según tu preferencia.

5. Realizar el pago del impuesto

    • Paga en línea a través de la web de la Agencia Tributaria Valenciana.
    • También puedes hacerlo en entidades bancarias colaboradoras.

6. Registrar el inmueble en el Registro de la Propiedad

Con el justificante de pago del ITP, podrás inscribir la vivienda a tu nombre en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Si estás valorando la compra de una vivienda o tienes una empresa en Alicante, es imprescindible estar al día de los nuevos cambios fiscales. 

En 2025 entran en vigor modificaciones importantes en el IRPF, el Impuesto de Sociedades y nuevos tributos que podrían afectar directamente a tu economía.

Anticípate a los cambios y planifica con conocimiento: Reforma Fiscal 2025. Nuevos impuestos, cambios en IRPF y Sociedades.

Ventajas fiscales y bonificaciones en el ITP en Alicante

En Alicante, puedes beneficiarte de bonificaciones específicas:

    • Familias numerosas: Pago reducido del 3% siempre que el inmueble sea la vivienda habitual.
    • Jóvenes menores de 35 años: Acceso a tipos reducidos del 6% para la primera vivienda usual.
    • Discapacitados y víctimas de violencia de género: Aplicación de tipos reducidos al 3%, bajo determinadas condiciones.
    • Rehabilitación de viviendas: Bonificación del 50% para inmuebles en municipios en riesgo de despoblación destinados a rehabilitación.

Tipos de ITP en las comunidades autónomas 2025

Comunidad Autónoma Tipo general ITP (vivienda usada)
Andalucía 7 % (tipo fijo)
Aragón 8 % al 10 % (según valor)
Asturias 8 % al 10 %
Baleares 8 % al 11.5 % (según tramos)
Canarias 6.5 %
Cantabria 10 %
Castilla–La Mancha 9 %
Castilla y León 8 %
Cataluña 10 %
Comunidad Valenciana (incl. Alicante) 10 %
Extremadura 8 % al 11 % (según valor)
Galicia 10 %
Madrid 6 %
Murcia 8 % al 10 % (según valor)
Navarra 6 %
País Vasco 4 %
La Rioja 7 % al 10 %
Ceuta y Melilla 6 % (con bonificaciones específicas)

Consejos clave para evitar errores en la liquidación del ITP

1. Verifica el valor de referencia del inmueble

El cálculo del impuesto debe basarse en el valor de referencia catastral, lo que evitará errores y posibles sanciones.

2. Consulta a un experto en fiscalidad

Un asesor fiscal te ayudará a aprovechar todas las bonificaciones disponibles y a evitar errores en el proceso.

3. Realiza el trámite dentro del plazo

Recuerda que el ITP debe liquidarse en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de compraventa.

¿Quieres la gestión eficiente del ITP en Alicante? En MG Economistes somos la respuesta

Cumplir con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un paso obligatorio para quienes adquieren viviendas de segunda mano en Alicante. Conocer los tipos aplicables, bonificaciones y los pasos para cumplimentar el Modelo 600 te permitirá realizar este trámite con éxito, ahorrando tiempo y dinero.

En MG Economistes, contamos con un equipo de expertos en fiscalidad que te ofrece un servicio integral para garantizar el cumplimiento de tus obligaciones. 

Preguntas frecuentes sobre el ITP en Alicante

¿Qué pasa si no liquido el ITP a tiempo?

 Podrías enfrentarte a sanciones e intereses de demora por parte de la Agencia Tributaria Valenciana.

¿Puedo beneficiarme de varios tipos reducidos a la vez?

No, solo se aplica una bonificación por vivienda, según las condiciones del comprador.

¿Es necesario registrar la vivienda en el Registro de la Propiedad?

Sí, es un paso obligatorio tras la liquidación del ITP para que la vivienda quede legalmente a tu nombre.

¿Cómo saber si puedo acceder a bonificaciones por rehabilitación de viviendas?

Consulta si el inmueble se encuentra en un municipio en riesgo de despoblación y cumple los requisitos para rehabilitación.

¿Puedo presentar el Modelo 600 de forma telemática si no tengo certificado digital?

No, para presentar el Modelo 600 de forma telemática en la Comunidad Valenciana es imprescindible contar con un certificado digital o sistema Cl@ve. Si no dispones de ellos, deberás acudir presencialmente a una oficina liquidadora para realizar el trámite.

¿Qué sucede si el valor de referencia catastral es superior al precio de compraventa?

En ese caso, el ITP se calculará sobre el valor de referencia, ya que la Agencia Tributaria Valenciana considera este importe como base mínima imponible. Por tanto, aunque pagues menos por la vivienda, deberás liquidar el impuesto en función del valor catastral actualizado.

¿Puedo rectificar un Modelo 600 ya presentado si detecto un error?

Sí, puedes presentar una solicitud de rectificación ante la oficina tributaria competente. Es importante aportar toda la documentación justificativa y hacerlo dentro de los plazos legales para evitar sanciones o intereses de demora.

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